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Generales

  1. Los fondos documentales de este Archivo son parte integrante del patrimonio histórico- documental de la Iglesia.
  2. Es responsabilidad de la Iglesia disponer las necesarias cautelas que garanticen la conservación y adecuada investigación, tanto de los archivos o fondos documentales de origen eclesiástico como de cualquier otro origen confiados a la custodia de este centro.
  3. Corresponde al Archivero, por encargo de la autoridad diocesana, tutelar este centro documental. Él es el responsable del uso que se haga de toda esta documentación.

Acceso

  1. Todo usuario de los fondos documentales deberá acreditar su personalidad mediante el D.N.I. o documento equivalente. A quienes vayan a utilizar el Archivo más de una vez, se les expedirá el Carnet de Usuario, para lo cual deberán entregar dos fotografías personales de tamaño carnet.
  2. Los usuarios trabajarán en la Sala de Lectura. Siendo este espacio limitado, no se recibirán más usuarios que los que admita dicha Sala. El acceso al Depósito o salas contiguas queda reservado al personal del Archivo.
  3. No se introducirán en la Sala de Lectura bolsos ni carteras, sino que éstos deberán ser depositados en el lugar dispuesto para ello. Tampoco se permitirá la entrada de alimentos ni bebidas.

Consulta de documentos y libros

  1. La solicitud de documentos se realizará cumplimentando con claridad la Papeleta de Pedido.
  2. Los documentos requieren atenciones especiales, teniendo en cuenta, por una parte, la vulnerabilidad de los materiales, el paso del tiempo, el estado del soporte, las condiciones específicas de la tinta, la encuadernación o las cubiertas, y, por otra parte, el manejo.

    Por tal motivo:

    • no se pondrá sobre el documento el papel donde se escribe;
    • ni se apoyarán sobre él brazos o manos.
    • al volver las hojas o utilizar el documento se actuará con el debido miramiento.

    Tengamos en cuenta que todo documento es único.

  3. El instrumento propio autorizado para tomar apuntes será el lapicero. Queda, por tanto, prohibido el uso del bolígrafo, pluma o rotulador mientras se trabaje o investigue en la Sala.
  4. La consulta de la documentación será normalmente a través de microfilmes. La documentación no microfilmada podrá ser facilitada únicamente cuando se encuentre en buenas condiciones. Este Archivo se reserva el derecho a no facilitar aquella documentación que, por su estado de conservación, así lo aconseje.
  5. El número de unidades archivísticas originales no excederá de cinco en cada sesión y serán solicitadas de una en una. Los documentos podrán ser pedidos hasta 15 minutos antes del horario de cierre del Archivo.
  6. Podrán consultarse cuantos libros de referencia dispuestos en la Biblioteca Auxiliar se deseen, sin que para ello sea preciso tener que solicitarlos. Una vez utilizados, deberán ser colocados en su sitio.
  7. Los documentos depositados en el Archivo así como los libros de referencia no serán cedidos ni se sacarán fuera de la Sala de Lectura, salvo casos excepcionales. En tales ocasiones, podrán ser cedidos, si la autoridad competente así lo estimare, sólo los días necesarios, bajo las debidas cautelas y contando con póliza de seguros, de conformidad con el valor del documento.
  8. Queda prohibido fumar dentro de las dependencias del Archivo.
  9. Por respeto al resto de los usuarios, debe observarse el más absoluto silencio, no pudiendo, por ello, utilizarse máquinas de escribir, sí en cambio está autorizado el uso de ordenadores con batería. El scanner queda prohibido.
  10. El usuario deberá hacer mención en sus publicaciones de la procedencia de los documentos de este Archivo utilizados para su trabajo parcial o totalmente.

Normativa reprográfica

  1. Teniendo como principio básico la conservación de los fondos documentales, podrán solicitarse fotocopias sólo de los documentos microfilmados, no de los originales. Para toda reproducción por cualquier otro sistema deberá solicitarse la oportuna autorización. Nunca se realizarán fotocopias de libros o expedientes completos, o de parte notable de los mismos, así como de serie documental alguna.
  2. La reproducción de obras sujetas a la Ley de Propiedad Intelectual, queda regulada por dicha Ley.
  3. Está prohibido reproducir, sin la debida autorización, copias de cualquier tipo suministradas por el Archivo u obtenidas en el mismo. Tal autorización obliga también a citar la procedencia de los documentos reproducidos.

Aranceles

  1. Las consultas efectuadas en este Archivo serán gratuitas.
  2. Este centro no efectuará trabajos de investigación ni búsquedas genealógicas. En caso de requerir copia, simple o certificada, de partida sacramental u otro documento, habrán de señalarse los datos de forma concreta y precisa.
  3. Las fotocopias por microfilmes están sujetas a Copyright y se abonarán de acuerdo con los precios que para este fin hayan sido estipulados (Véanse en el Anexo los precios actualmente en vigor.)

Incumplimiento

  1. El usuario que incumpla la presente Normativa o cualquier otra indicación del personal del Archivo, podrá ser amonestado, e incluso podrá denegársele el acceso al Archivo.
  2. El que causare daños, desperfectos o sustracciones incurrirá en las responsabilidades a que hubiere lugar.
San Sebastián, a 9 de diciembre de 2015.
José Ángel Garro Mujika
Director del Servicio de Archivos y Bibliotecas
Obispado de San Sebastián

Anexo

HORARIO AL PÚBLICO:

- Lunes a miércoles: de 9:00 a 17:30 horas (ininterrumpido).
- Jueves a viernes: CERRADO para dar salida a la ingente cantidad de solicitudes reprográficas que se reciben a consecuencia de la Ley de Memoria Demográfica.
Es obligatorio solicitar cita previa llamando al teléfono: (+34) 943 21 20 00

ARANCELES (IVA incluido):

Reprografías:
Copia Simple (en B/N, en papel) 3 €
Copia Certificada (en B/N, en papel) 10 €
Copia Digital 15 €
Transcripciones literales:
Anterior a 1900 (inclusive) 20 €
Posterior a 1901 (inclusive) 15 €
Derechos de reproducción pública (Se concederá la autorización previa firma del Convenio) 30 €
Gastos por gestión de envío:
Recogida en el Archivo 0 €
Envío por correo postal ordinario 8,50 €
Envío por correo postal certificado 11 €
(Cada pedido franqueado contendrá un máximo de 5 unidades reprográficas)

NOTAS:

- Se incide en que las reproducciones serán para uso privado (altruista, académico, tramitaciones jurídicas...) a menos que la Dirección del Archivo autorice con la firma del pertinente Convenio su uso público (comercial, publicitario, expositivo...) abonando, para ello, los Derechos de reproducción estipulados.

- Quedan exentas del pago de tasas, las personas que acrediten su situación de precariedad económica, así como aquéllas que las solicitan para la tramitación de cualquier proceso eclesial.

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